La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) modificó las normas para la inscripción del (RUC) de extranjeros.


La modificación se dio por medio de la Resolución General N° 133/2023 que modifica los artículos 6° y 18 de la Resolución General N° 79/2021 “Por la cual se reglamenta la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), la actualización de datos y la cancelación” y se actualizan los anexos 1, 2 y 4 de la misma.

En este sentido, el artículo 1° de la mencionada resolución modifica el artículo 6 de la Resolución General N° 79/2021. De esta forma, las personas físicas extranjeras con residencia temporal o permanente tendrán el identificador del RUC conforme al número de la Cédula de Identidad.

Además, los contribuyentes personas físicas extranjeras que fueron inscriptos con anterioridad en el RUC con el carnet de Migración de Admisión Permanente, y que en su momento no contaban con la Cédula de Identidad Paraguaya, deberán realizar el cambio de identificador del RUC a través del Sistema Marangatú utilizando la clave de acceso, conforme al siguiente calendario: Ver Cuadro

La normativa además establece que las solicitudes de inscripción al RUC pasarán al estado “Anulado” una vez transcurrido el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente en que el interesado o el representante legal, fue convocado por la SET, sin que haya acudido a dicha convocatoria.

En los casos de solicitudes de reactivación de RUC cancelado, éstas pasarán al estado “Anulado” una vez transcurriditos el plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente del ingreso de la solicitud, en caso de que el interesado o el representante legal no se haya presentado a la SET para finiquitar el trámite.

Quiénes precisen inscribirse al RUC cuyas solicitudes pasaron al estado “Anulado”, podrán reingresar una nueva solicitud en las formas, plazos y condiciones previstos en la Resolución General N°133/2023, sus anexos y modificatorias.

Los interesados en consultar la Resolución General N°133/2023 pueden hacerlo ingresando a la página www.set.gov.py sección Normativas.



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