El Ministerio Público formuló imputación contra tres personas que mantenían encerrada en una pieza en total desamparo a una adulta mayor junto a 14 perros. La mujer tenía rastros de golpes, moretones y cortaduras en el cuerpo.


El agente fiscal Augusto Jesús Ledesma Blasser, de la Unidad Penal N°9, imputó a Rossana Pereira, Benito Adrián Riquelme Ramírez y María Mirta Sánchez González por la supuesta comisión de los hechos punibles de privación de libertad, infracción a la Ley N° 4840/13 de protección y bienestar animal, además de violación del deber de cuidado de ancianos o discapacitados.

De acuerdo a los antecedentes del caso, estas personas serían responsables del maltrato físico y el abandono sufrido por Primitiva González, una adulta mayor que se encontraba privada de su libertad, conviviendo con un total de 14 perros en total desamparo.


Según el relato, el 17 de febrero, Primitiva, supuestamente, fue privada de su libertad en una vivienda ubicada en la fracción Óscar Santos, sobre la calle camino a Marambure, ciudad de Luque. Los presuntos autores del hecho serían los imputados Rossana Pereira y su pareja Adrián Riquelme.


Tras los gritos desesperados de la mujer, los vecinos dieron aviso a la Policía, que acudió al sitio y constató en flagrancia el sucedo denunciado. Los sindicados llegaron hasta el lugar y obstruyeron el procedimiento; los mismos se resistieron y fueron detenidos.


La comitiva observó que la víctima presentaba varios golpes, tenía moretones y algunas cortaduras en diversas partes del cuerpo, especialmente en la cabeza y el rostro.


También, se constató que la mujer adulta estaba en compañía de 14 perros en total estado de abandono.


Presumiblemente, desde hace unos siete meses hasta la fecha, María Mirta Sánchez González habría infringido la obligación legítima de asistencia como hija de la afectada, a quien abandonó en la vivienda de los imputados.


Para el Ministerio Público hay suficientes elementos para fundamentar la imputación contra estas tres personas como el acta de constitución de la fecha, el acta policial, la declaración de la víctima, el diagnóstico médico, la declaración de testigos y la evaluación psicológica preliminar.




Fuente: UNICANAL