Las principales sociedades médicas del país fijaron postura ante el traslado del feriado nacional por el Día de los Héroes, dispuesto por decreto del Poder Ejecutivo, y advirtieron que la medida no puede implicar la obligatoriedad de consultas.
- 19/02/2026
- Por Edicion Prensa
El presidente Santiago Peña suscribió el Decreto N° 5508, por el cual se traslada el feriado del Día de los Héroes al lunes 2 de marzo, exceptuando de dicha medida a los servicios publicos imprescindibles para la comunidad, comercio exterior y percepcion de tributos, así como a los servicios de salud por considerarse imprescindibles (incluyendo urgencias, consultas, cirugías de urgencia y programadas, servicios de apoyo de diagnóstico, farmacia, hospital día oncológico, servicio de diálisis y similares),
Sin embargo, a través de varios comunicados, la Sociedad Paraguaya de Pediatría, la Sociedad Paraguaya de Oncología Médica, la Sociedad Paraguaya de Cancerología y la Sociedad Paraguaya de Patología y Citología coincidieron en que la Ley N.º 7544/2025 es clara al establecer que, en días feriados, solo deben garantizarse los servicios públicos imprescindibles, entre ellos las atenciones médicas urgentes e impostergables.
Las organizaciones señalaron que la inclusión de consultas agendadas, controles programados y procedimientos diferibles dentro de las excepciones del decreto “desnaturaliza” la distinción legal entre servicios esenciales y actividades que pueden ser reprogramadas sin poner en riesgo la seguridad del paciente.
En el caso de las especialidades críticas como pediatría y oncología, los gremios reafirmaron su compromiso con la continuidad de las urgencias, emergencias pediátricas, neonatales y oncológicas, así como con el funcionamiento del sistema de guardias. Sin embargo, remarcaron que la protección de la salud pública también exige el respeto al derecho al descanso del personal no asignado a prestaciones impostergables.
Otro punto central de los reclamos es el cumplimiento del Código Laboral, que establece un recargo del 100% sobre el salario ordinario por el trabajo realizado en días feriados. Varias sociedades denunciaron que, en la práctica, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social no contempla dicho pago diferenciado, lo que consideran una vulneración directa de los derechos económicos de los profesionales de la salud.
“El sistema sanitario requiere equipos comprometidos, pero también respetados en sus derechos”, coincidieron los médicos, al advertir que sin condiciones laborales adecuadas no es posible garantizar una atención segura y de calidad.
El decreto N.º 5508/2026 fue firmado por el presidente de la República, Santiago Peña, y dispone el traslado del feriado del Día de los Héroes al lunes 2 de marzo. Por ley, son cuatro los feriados que pueden ser trasladados: 1 de marzo, 12 de junio, 20 de junio y 29 de septiembre.
Además, la legislación aprobada en 2025 creó el feriado del 20 de junio por el Día de la Jura de la Constitución Nacional y habilitó al Poder Ejecutivo a decretar hasta tres feriados adicionales por año.