La Corte Suprema de Justicia, a través de la Dirección de Marcas y Señales de Ganado, recuerda que este 2 de agosto es la fecha límite para la reinscripción de los registros de las marcas del hato ganadero del país.


El objetivo principal es unificar y depurar los datos y adecuarse a lo establecido en la Ley 2576. En uno de los artículos de la mencionada ley se expresa que “Senacsa no podrá expedir permisos de faenamiento, guías de traslado, visar certificados de Hacienda, cuyas Marcas no estuvieran debidamente inscriptas en el nuevo Registro”.


Otro de los puntos de la legislación manifiesta que los registros de las marcas tienen una validez de 10 años, debiendo renovarse al cumplirse ese tiempo.


Para la inscripción se debe adjuntar una fotocopia de cédula simple, mientras que para la reinscripción son necesarias una fotocopia de cédula de identidad, una fotocopia de boleta de marca y señal o número de los mismos y fotocopia del acta de vacunación de Senacsa.


Es importante recordar que para realizar el trámite no se necesita firma de abogado o escribano, solo debe ser firmado por los solicitantes.