Ante el anuncio que algunos municipios dejarán de expedir licencia de conducir a los padres que adeuden por prestaciones alimentarias a sus hijos, desde la Municipalidad de Encarnación se pronunciaron al respecto.
- 08/02/2023
- Por Edicion Prensa
Recordaron la vigencia de la Ley N° 5415/2015, que en uno de sus artículos señala que aquellas personas con antecedentes judiciales por deudas en concepto de prestaciones alimentarias “no podrán gestionar la licencia de conducir”.
Por mandato de esta normativa, se imposibilita la emisión de dicho documento que es imprescindible y de tenencia obligatoria para conducir vehículos por las calles, avenidas y rutas del territorio nacional.
El Inspector Gral. Hugo Servian, titular de esta dependencia municipal, alegó que por el momento, el municipio no ha implementado la legislación vigente, pero a su vez, no descartó que podría darse en el transcurso de los días o meses.
Aclaró que en todas estas exigencias legales la municipalidad no tiene ninguna participación, pues solo se remite a revisar los archivos del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) que maneja la Corte al momento de expedir licencias de conducir.
Esta restricción tendrá vigencia solamente para la obtención del registro de conducir y para la renovación de las licencias y rige tanto para hombres como mujeres que adeuden por prestación alimentaria, puntualizó.